CORTES DE GAS NATURAL

13 04 2013

Les envío información recibida con respecto a los cortes de gas natural que se realizarán el día de hoy en todas las torres para que los reciban:

Les comento que al realizar la depuración de deuda de nuestro sistema. Se han detectado algunos usuarios que cuentan con 2 o más adeudos, por lo que de acuerdo a las Condiciones Generales para la Prestación del Servicio que en su punto 17.- Derecho de suspensión que establece:

17. Derecho de Suspensión

El Permisionario, previo aviso correspondiente, podrá suspender el suministro al Usuario por las causas estipuladas en el Contrato de Suministro, así como por causas de cualquier otro incumplimiento por parte del Usuario, por los términos del Reglamento, Directivas y de las presentes Condiciones Generales, especialmente por las siguientes causas:

a) Falta de pago puntual del importe de las facturas de los servicios prestados al Usuario.

b) Alteración del equipo (aparato medidor, regulador, conexiones, etc.) o el uso no autorizado del Servicio.

c) Cuando los aparatos o equipos del Usuario presenten un peligro, puedan perjudicar a terceros o no cumplan con las leyes, reglamentos y normas vigentes.

Cuando la suspensión del suministro sea imputable a la falta de pago oportuno por parte del Usuario, el Permisionario podrá suspender el servicio al usuario conforme al siguiente procedimiento:

a) Cuando el Usuario no realice el pago de su recibo en la fecha de vencimiento solicitada por el Permisionario, y tratándose de un recibo que no incorpore saldo rezagado, el Permisionario podrá efectuar la gestión de cobranza y en su caso, proceder a la suspensión del servicio notificándola previamente mediante aviso a domicilio, otorgándole al Usuario un plazo de cinco días para que acuda a efectuar el

pago de su recibo.

b) Cuando el Usuario moroso no cumpla con el pago solicitado dentro del plazo, se procederá a suspender el suministro, cerrándose la válvula de servicio y/o incluso colocando un candado, recogiéndose el medidor, equipos y conexiones de servicio, o cortar el suministro de gas en cualquier punto entre la línea de abastecimiento y el medidor.

c) A falta de pago de alguna factura, a la emisión del siguiente recibo, se indicará el saldo rezagado. A partir de ese momento, el Permisionario podrá suspender el servicio hasta que se realice el pago sin más aviso o requerimiento.

d) El Usuario al que se le suspende el suministro tendrá un plazo de 30 días calendario a partir de la fecha de la suspensión del Servicio para solicitar la reconexión del Servicio efectuando el pago de los saldos en mora y el Cargo por reconexión. Cuando el Usuario no solicite la reconexión del Servicio y no cumpla con los pagos correspondientes dentro del plazo señalado, el Permisionario podrá proceder a la cancelación del Contrato de Suministro y a la aplicación del depósito en garantía.

Por lo que en virtud de lo anterior, agradezco su apoyo a fin de permitir el acceso de de nuestro personal técnico a fin de realizar dichas operaciones, el personal asignado pertenece a la empresa Airegas México, S.A. de C.V. y el personal acreditado es:

– José de Jesus Salcedo

– Julio Resendiz

– Eduardo Roman

Saludos

Mayra Cordero

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