Buenas noches a todos se envia la siguiente informacion ya que los recibos de agua variaron este bimestre.
El incremento es general y la nota que aparece en la boleta así como la explicación que dan en sistemas de agua es la siguiente:
Esta boleta se emite conforme al articulo 172 fracción II inciso A) del código fiscal del distrito federal vigente, por no contar con medidor al momento de la facturación.
Esto es ya que en cada una de las propiedades exclusivas no se cuenta con medidor la forma de cobro es prorrateada de los medidores existentes en el conjunto habitacional Torres del Toreo I y II entre los mismos tomando en cuenta el tipo de consumo.
Saludos y sin mas por el momento quedo de ustedes
MAYRA CORDERO BOLFETA
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